
El argumento del TC es perfectamente lógico. Que un delincuente pida públicamente el voto para un determinado partido, efectivamente, no ilegaliza ni afecta a la legalidad de éste. Ahora bien, la comparecencia de Barrena no es un hecho singular enjuiciable aisladamente. Al contrario: forma parte de toda una retahíla de pruebas que, sin ir más lejos, han llevado al Tribunal Supremo a ilegalizar más de un centenar de las listas de ANV no hace ni una semana. Es decir, la llamada pública del dirigente batasuno no es más que otro paso más hacia la confesión (tácita, eso sí) de que tras ANV está el entramado etarra.
El argumento del TC que tan oportunamente ha traído a colación Conde Pumpido es tan cierto como inaplicable a este caso. Imaginemos que un señor deambula por la calle con un cuchillo ensangrentado en la mano. Esto no quiere decir, de acuerdo con la tesis del Constitucional, que este caballero sea ningún asesino. Pero la cosa cambia si la policía descubre minutos después a su esposa muerta en el domicilio de ambos. El hombre es el indicio y el cuerpo cosido a cuchilladas el delito. Según la “doctrina Conde Pumpido” en tal caso no habría que proceder contra el sujeto porque la apariencia no constituye el delito.
Con el asunto de las candidaturas fantasmas de Batasuna sucede lo mismo: un delito (un partido integrado por terroristas condenados) y unos indicios que engordan cada día que pasa dando lugar a un fraude de ley más evidente.
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